Normativa

Acuerdo 717

Establecer las condiciones para que todas las escuelas de educación básica cumplan con la Normalidad Mínima de Operación Escolar.
Todos los programas o acciones que a iniciativa de las autoridades educativas locales y municipales se generen, tendientes a fortalecer la autonomía de gestión de las escuelas, antes de proponerse a éstas, deberán ser presentados para su análisis y validación por parte del Comité Técnico Local para la Educación Básica.
Los programas y acciones deberán garantizar que los miembros de la comunidad escolar tengan acceso a los resultados de las evaluaciones externas que se desarrollen, y deberán desplegar acciones de asistencia técnica y brindar herramientas al Consejo Técnico Escolar para apoyar la comprensión y sistematización de los resultados de las evaluaciones.
Los programas y acciones para el fortalecimiento de la autonomía de gestión escolar brindarán los apoyos para que la escuela logre lo planteado en su Ruta de Mejora.
Los programas y acciones para el fortalecimiento de la autonomía de gestión escolar desarrollarán mecanismos para garantizar que la escuela administre en forma transparente y eficiente los recursos que reciba y gestione para mejorar su infraestructura, comprar materiales educativos y resolver problemas de operación básicos considerados en su Ruta de Mejora. 


Acuerdo 11/06/24

Pomoción vertical 
Art 1° Regulación de la gestión escolar 
Art 2° Administrar en forma transparente y eficiente los recursos para mejorar su infraestructura, comprar materiales educativos, resolver problemas de operación básicos y propiciar condiciones de participación para que alumnos, maestras, maestros, madres y padres de familia o tutores.
Art 4° Lineamientos son obligatorios para las Autoridades Educativas Locales y las Autoridades Educativas Municipales de las escuelas públicas y particulares de Educación Básica del Sistema Educativo Nacional. 
Art 13° Proceso de mejora continua, corte anual en cada CTE. 
Capítulo IV Autonomía curricular.
Art 18° Obligatoriedad de la utoridad local para el mejoramiento de la escuela.
Art 22°  Las Autoridades Educativas Locales y las Autoridades Educativas Municipales impulsarán que cada Escuela realice sus procesos de gestión y de administración escolar con enfoque territorial.





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